Francisco Suárez

La historia universal la narran las mujeres y hombres quea lo largo del tiempo, gracias a sus obras, sus pensamientos, sus creaciones o su talento; han ocasionado queel mundo, de una forma u otra,avance.

Si has llegado hasta aquí es porque tienes consciencia de la relevancia que detentó Francisco Suárez en la historia. Cómo vivió y las cosas que hizo en el tiempo en que estuvo en el mundo fue decisivo no sólo para aquellas personas que frecuentaron a Francisco Suárez, sino que quizá dejó una huella mucho más insondable de lo que logremossospechar en la vida de personas que tal vez jamás conocieron ni conocerán ya jamás a Francisco Suárez personalmente.Francisco Suárez ha sido uno de esos seres humanos que, por alguna causa, merece ser recordado, y que para bien o para mal, su nombre jamás debe borrarse de la historia.

Las biografías y las vidas de personas que, como Francisco Suárez, atraen nuestro interés, deben valernos en todo momento como referencia y reflexión para ofrecer un marco y un contexto a otra sociedad y otra época de la historia que no son las nuestras. Hacer un esfuerzo por entender la biografía de Francisco Suárez, porqué Francisco Suárez vivió de la forma en que lo hizo y actuó de la forma en que lo hizo durante su vida, es algo que nos impulsará por un lado a conocer mejor el alma del ser humano, y por el otro, la forma en que se mueve, de forma implacable, la historia.

Vida y Biografía de Francisco Suárez

(Granada, 1548 - Lisboa, 1617) Filósofo, teólogo y jurista español, máximo exponente de la filosofía escolástica del siglo XVI. Jesuita (1564), estudió en Salamanca y enseñó teología en Segovia (1571), Valladolid (1576) y Roma (1580), donde participó en la elaboración del Ratio studiorum. Catedrático de teología en Alcalá (1585) y Salamanca (1593), en 1597 marchó a Coimbra, donde debió doctorarse nuevamente en teología para lograr ejercer como instructor. Por encargo papal escribió una Defensa de la fe católica y apostólica contra los fallos de la secta anglicana (1613), quemada públicamente en Inglaterra y en Francia. Como teólogo, participó en la disputa de auxiliis sobre el libre albedrío y la felicidad divina que encaró a dominicos y jesuitas, siguiendo en ella, si bien mitigándolas, las ideas de Luis de Molina. Tanto su teología como sus situaciones jurídicas son indivisibles de su sistema filosófico, expresado en sus gigantes Disputaciones metafísicas (1597), en las que, siguiendo a Tomás de Aquino y a Duns Escoto, va al unísono alén de ellos e inclusive los critica en puntos centrales. En Sobre el alma (1621) sintetiza su psicología, al tiempo que en Sobre las leyes (1612) cristaliza su pensamiento jurídico-político, de situaciones destacadas en su tiempo (oportunidad de deponer al gobernante, derecho de gentes, sociedad en todo el mundo).

Nativo de el seno de una familia acomodada de origen español, aprendió latín en su casa con el instructor Juan Latino. Ingresó como novicio en la Compañía de Jesús de Medina del Campo (Valladolid) y en 1561 se anotó en la Universidad de Salamanca para estudiar derecho. Allí prosiguió los tutoriales de Mancio, Juan de Guevara y Enrique Enríquez, y en 1564 fue por último aceptado como integrante de la Compañía, tras ser rechazado en tres oportunidades. Entre 1564 y 1566 estudió filosofía, y a lo largo de los 4 años siguientes, teología.

En 1571 Francisco Suárez inició su andadura enseñante en Segovia como instructor de filosofía; más tarde, en 1575, fue pasante de teología en Segovia y Ávila, y por año siguiente se instaló en Valladolid, donde dio clases de teología a lo largo de 4 años. En 1580 viajó a Roma para hablar de su supuesto antitomismo (previamente ahora había sido acusado de antiaristotélico); allí fue acogido como instructor de teología en el Colegio Romano a lo largo de cinco años, tras los que su mala salud forzó su regreso a España. Ejerció su magisterio en la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid), donde sostuvo encendidas polémicas con el padre Gabriel Vázquez por cuestiones jurídico-morales y teológicas.

Talento candente, Francisco Suárez no se satisfacía con continuar, en su tarea enseñante, los métodos comunes, que habían llegado a revelarse inapropiados para despertar el interés de los alumnos; y de esta manera, proponía nuevos inconvenientes, planteaba otras resoluciones y fomentaba el estudio de las fuentes, la crítica de los razonamientos y la profundización de las cuestiones. A las censuras provocadas por su tibia adhesión a la doctrina tomista respondió Suárez aseverando su lealtad a exactamente la misma, si bien manteniéndose sin dependencia de toda forma de reiteración material.

En 1590 publicó De verbo incarnato y, un par de años después, De mysteriis vitae Christi, comentarios de ciertos puntos de la Summa de Santo Tomás. En 1593 se restituyó como enseñante en la Universidad de Salamanca. Preparaba por entonces las Disputationes Metaphysicae (Disputaciones metafísicas), obra cima de su trayectoria, publicada en 1597 en Salamanca; en los años siguientes se dieron a conocer ediciones en Venecia (1599, 1605), Maguncia (1600), París (1605, 1614), Colonia, Génova (1608, 1614), etcétera.

En 1597 se trasladó a la cátedra de Teología de la Universidad de Coimbra (Portugal), donde en 1612 publicó De legibus (Sobre las leyes), otro de sus trabajos escenciales. Durante 1599 radicó en Madrid, tras el cierre de la citada facultad portuguesa, y publicó los Opuscula theologica. La polémica sobre sus ideas sobre la confesión a distancia lo llevaron al Vaticano, donde rindió cuentas al papa Clemente VIII. Más tarde el papa Pablo V lo favorecería, saliendo en defensa de sus ideas.

En 1613, en medio de una polémica con Jacobo I de Inglaterra, vio la luz su Defensio fidei catholicae apostolicae adversus Anglicanae soctae fallos (Defensa de la fe católica y apostólica contra los fallos de la secta anglicana), obra encargada de forma directa por el papa donde Suárez mantenía la teoría del poder indirecto del pontífice en temas temporales (contrariando al unísono la iniciativa de que los reyes recibían su soberanía de forma directa de Dios) y consideraba lícita la protección de los ciudadanos contra un príncipe transformado en tirano. El artículo fue quemado públicamente en Londres por orden de Jacobo I, y asimismo en París por el celo de los regalistas galicanos.

Un par de años tras redactar este trabajo se jubiló como catedrático en Coimbra. Durante el siglo XVII se dieron a conocer póstumamente ciertas de sus proyectos, entre aquéllas que se cuentan los escritos que versan sobre la independencia del hombre. El increíble alcance de su pensamiento se sostuvo vivo a lo largo de prácticamente 2 siglos en la mayor parte de las universidades de europa, tal como en los sistemas filosóficos de varios pensadores de primera línea.

La filosofía de Francisco Suárez

Suárez se considera el último enorme pensador de la escuela escolástica renacentista, con particular incidencia en los campos de la metafísica y de la filosofía jurídica y política. Contemporáneo de Giordano Bruno y de Francis Bacon, reunió, en los comienzos de la filosofía actualizada, la herencia plurisecular de la especulación griega y cristiana en el osado intento designado a presentarla en una síntesis magnífica y llena de las vivencias mucho más distintas. Sabedor de que la escolástica se se encontraba quedando estéril, víctima de una dialéctica alambicada y clausurada, su pensamiento amplió el horizonte a novedosas concepciones y perspectivas, pero sin despreciar la iniciativa de que la filosofía debía continuar siendo cristiana y estar al servicio de la teología.

Su actitud filosófica general podría considerarse como un triple rearme frente a los abusos del dialectismo, contra el estilo preciosista del humanismo y en frente de la novedosa forma de redactar metafísica, respecto a la que defendió un procedimiento "doctrinal y expositivo", o sea, lo mucho más terminado y rigurosamente sistemático viable. Está generalmente recibido que sus Disputaciones metafísicas (1597) apuntaron la frontera entre los comentarios a Aristóteles y los estudios independientes sobre metafísica, y brindaron paso a los nuevos Cursus philosophici.

Las Disputaciones metafísicas forman una auténtica enciclopedia del entender filosófico y espiritual, aun con relación a el pensamiento tomista; pero mucho más que un comentario en sentido escolástico a la filosofía de Aristóteles, hay que considerarla como la mucho más complicada tentativa de reelaboración de los inconvenientes filosóficos que la filosofía católica del siglo XVI ha podido oponer a las teorías naturalistas. Se advierte en Suárez un espíritu mucho más argumentador que agudo, y la exigencia de derretir las direcciones disonantes en una exclusiva síntesis. Por este fundamento, especialmente cuando procura conciliar la felicidad divina con el libre albedrío, fue considerado por sus contemporáneos como un "segundo Aquino" y como un eximio cultivador de las cuestiones metafísicas, a pesar de que las generaciones siguientes recalcaron mucho más al pensador político que hay en la Defensio fidei catholicae (1613). Las Disputaciones fueron muy conocidas aun alén del campo de las naciones católicas, y estudiadas por figuras de la talla de Descartes y Leibniz.

La metafísica

Si bien su actitud metafísica era aún esencialmente tomista y aristotélica, resulta necesario resaltar que su pensamiento sobre el ‘ser’ entiende el ser real, no solo el ser de conceptos abstractos, más allá de que su concepción de la verdad material está tratada desde una óptica puramente metafísica y no desde la física o desde la matemática. En este sentido cabe indicar que su pensamiento no se dejó involucrar bastante en la novedosa actitud hacia el saber que se daba en su temporada.

Las cincuenta y 4 "disputaciones" o discusiones de su metafísica se tienen la posibilidad de dividir en tres partes: la concepción del ser (o ente), el ser como causalidad y las divisiones del ser. En la investigación sobre el ser se examina la doble dimensión de su término formal y su término propósito. Mientras que el término formal es un desarrollo psicológico de conocimiento (o de captación), el término propósito exhibe la esencia real del ente o ser. La esencia real no es una pura elaboración de la cabeza; esencia real es toda esencia "capaz para existir" y también supone toda la entidad de cada cosa sin que la presencia logre dar algo distinto. Pensar una esencia que no logre existir no es meditar en una esencia real, sino más bien en un "ser de razón".

A continuación, a fin de que los entes inferiores sean concebidos como semejantes tiene rincón un desarrollo de "contracción", por el que el término del ser se hace mucho más exacto y preciso; así, una cosa se interpreta de modo mucho más expreso. En este punto está la iniciativa de "analogía", un concepto primordial que contraría el término de univocidad tan extendido entre escotistas, nominalistas y otras corrientes de su temporada. En el inconveniente de la individuación, en cambio, sí se alineó con Ockham y los nominalistas, y se opuso al tomismo al asegurar que toda singularidad se hace tal "por su ser o entidad", una diferencia concreta que no recurre a nada extraño a ella.

Antes de tratar las divisiones del ser, Suárez se detiene muy extensamente en la doctrina de las causas; de entrada, Suárez se muestra como un enorme defensor (quizá el último) de la causalidad ontológica: el ser del efecto es infundido por el ser de la causa. En el análisis de esta causalidad añade una modalidad de causalidad algo especial: la causalidad por "resultancia" (o resultado). La causa plena genera un efecto con una situación que precisa ser producida por "resultancia" natural; de esta forma, por servirnos de un ejemplo, la figura es resultado de la cantidad material.

Otro lote básico en lo que se refiere a la causalidad es el del "acto virtual", en especial atrayente, ya que no es el principio aristotélico sobre la capacidad y el acto. Suárez mantiene que hay facultades suficientes que tienen la posibilidad de pasar al acto sin precisar un principio exterior; o sea lo que significa estar en "acto virtual". Esta iniciativa es primordial por su incidencia en las acciones de la intención y de la independencia, y fue amoldada en teorías siguientes, como las del "innatismo virtual" de Descartes.

A partir de la disputación XX Suárez piensa sobre la "causa primera o increada", esto es, la causalidad de Dios. La causa primera va a ser, para su filosofía, el origen y fundamento de su causalidad. Tras probar la verdad de la creación (primera línea de la causalidad de Dios) y su peculiaridad en el Ser supremo, recurre a la fe para cerrar la argumentación (en la tercera parte general desarrollará las argumentaciones sobre el ser infinito) y abre la puerta a la polémica creación ab aeterno.

Antes del final de la segunda parte, trata la "conservación" (XXI) y el "certamen" (XXII). El "certamen" fue una polémica muy viva en su instante, singularmente en lo que se refiere a las causas libres. Suárez sostiene, ciertamente, el "certamen" o cooperación de la causa primera (Dios) en la independencia del hombre, pero aclara que hablamos de un certamen indiferente, o sea, un certamen que da vía libre (no esencial) a la capacidad de la resolución de actuación. En la última disputación sobre las causas añade la "causa ejemplar" como novedad a las 4 causas aristotélicas (material, formal, eficaz y final), la que, sin embargo, termina por achicar a una forma de la causa eficaz.

Tras terminar la doctrina de las causas pasa a la división del ser en infinito y finito. Esta división es conocida por el creador bajo distintas conceptos y nombres, todos ellos divisiones de ser en Dios y criaturas, una ordenación que comprende el campo total del ser y deja detallar una jerarquía en la verdad total. En el estudio del ser infinito procura probar la presencia de Dios recurriendo a los razonamientos a posteriori, núcleo considerable por su rechazo de la primera vía de Santo Tomás (la referida al movimiento: "omne quod movetur ab alio movetur", todo cuanto se desplaza es movido por otro), a la que consideraba bastante insegura, exactamente, por recurrir a razonamientos físicos; Suárez pensaba que evaluar la presencia de Dios forzaba siempre a recurrir a razonamientos de forma exclusiva metafísicos.

Tras probar su vida con causas que dismuyen al comienzo de causalidad ("omne quod fit, ab alio fit"), Francisco Suárez procede a estimar la naturaleza de Dios. El Creador infinito es ser perfectísimo, pero no tiene sus mejores de la misma manera, sino las puede tener "formalmente" (las que no son limitadas ni imperfectas) y de "modo eminenti" (las que forman parte a una alguna categoría). En cuanto al conocimiento de Dios sobre la verdad (uno de sus primordiales atributos), exhibe Suárez su ciencia sobre los seres que ya están, los probables "absolutos" y los "futuros condicionados", que son populares por Dios con la "ciencia media", término central en su obra tomado del pensamiento jesuita.

Por su parte, el ser finito es categorizado en 2 enormes conjuntos, el constituido por la substancia y el conformado por los accidentes. Entendida la substancia como el existir en sí, acepta las divisiones de substancia habituales (completa y también incompleta, primera y segunda) y estudia intensamente la substancia primera accediendo a contemplar el inconveniente de la "persona", una substancia dotada de racionalidad y "modalizada" por la subsistencia (la subsistencia añade un método de existir).

Es esencial, una vez contemplada la disputación de los "accidentes", la distinción entre estos y el término y empleo que hace de los métodos (apuntados durante su tratado), tal como su relación entre los 2: modo como clase particular de incidente. La última disputación de la obra está dedicada al "ente de razón", aquello que "tiene ser, objetivamente, solo en la cabeza"; por este motivo, el ente de razón no tiene esencia como los accidentes, si bien presente alguna analogía con el ser. Este apartado es destacable, en definitiva, por el espacio de actividad autora que entrega su creador a la razón.

Política y derecho

El pensamiento jurídico-político de Francisco Suárez, expresado primordialmente en las proyectos De legibus (Sobre las leyes, 1612) y Defensio fidei catholicae (Defensa de la fe católica, 1613), se fundamenta grosso modo en Santo Tomás de Aquino, pero por su hondura consigue un corte original bastante aparente. Suárez una parte de la definición de Santo Tomás respecto a la ley; no obstante, la considera en demasía extensa. Según él, la ley debe limitarse al campo de lo humano. Ley eterna (razón divina) y ley natural (universal humana) se relacionan; la segunda es la acción de la primera en los hombres.

La ley ha de ser un acto tanto de comprensión como de intención: "precepto común, justo y permanente, que haya sido bastante decretado". Es fundamental a la ley que dicte lo que es justo, y una ley justa muestra tres condiciones: que se promulgue para el bien común, que se promulgue entre todos esos sobre los que el legislador tenga autoridad y que distribuya las cargas de forma equitativa. Esta ley es la fundamentación del derecho en la sociedad. Suárez se encarga de la sociedad en que debe aplicarse la ley: la primera forma popular es la familia, agrupación imperfecta desde la que se pasa a la capacitación de una sociedad a través de un pacto expreso, voluntario y general, que busca el citado bien común, en el como se forman ciudadanos en el campo temporal preciso por la organización política. El fundamento primero de esta es Dios y el depositario ha de ser el grupo de la sociedad: el pueblo.

Pero a fin de que esta virtud (la organización a través de la ley) logre ser eficaz, debe establecerse una red social de autoridades y súbditos. Por ello es requisito el ejercicio de una institución que represente la autoridad, pero teniendo clarísimo que ninguna autoridad va a recibir jamás el poder de manera directa de Dios. La delegación del poder político tampoco va a significar una renuncia del pueblo a sus derechos naturales, con lo que el gobernante o conjunto de mandatarios no van a poder accionar contra el pueblo bajo concepto alguno. La restricción de poder que de esto se desprende va a ser un antídoto persistente contra el absolutismo. Frente a casos de tiranía, el pueblo (siempre y en todo momento como autoridad común, no en personalidades) va a tener derecho, no solo a deponer al gobernante, sino más bien a sacarle la vida.

En lo relacionado a las formas específicas de gobierno, no hay duda de que Suárez no se definió por ninguna; es mucho más, mostró una total elasticidad al referir que es el pueblo el que debe escoger la mucho más favorable (aristocracia, monarquía, democracia), mientras que esta no vaya en oposición a la racionalidad humana y del derecho natural. Por último, cabe apuntar su distinción entre ley natural y derecho de gentes (ius gentium): mientras que, como queda comprendido, la ley natural participa de la divina, el derecho de gentes no es divino ni natural, sino es (si bien no escrito) positivo y humano, y viene dado por las prácticas de todos y cada uno de los pueblos y naciones con, siempre, un sustrato ética y político común. De aquí a la necesidad de la creación de un derecho en todo el mundo positivo había solo un paso.

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